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sucesión
(Del lat. successio, -onis.)
sustantivo femenino
1 Acción y resultado de suceder.
2 Secuencia ordenada y continuada de personas o cosas:
su vida es una sucesión de éxitos.
SINÓNIMO serie
3 Descendencia directa de una persona.
SINÓNIMO prole
4 DERECHO Entrada de una persona como heredera en la posesión de los bienes de un difunto.
5 DERECHO Conjunto de bienes, derechos y obligaciones que se transmiten a un heredero.
6 MATEMÁTICAS Conjunto ordenado de términos, que cumplen una ley determinada.

FRASEOLOGÍA
sucesión convergente MATEMÁTICAS La que tiene límite.
sucesión forzosa DERECHO La que está ordenada de forma preceptiva.
sucesión intestada DERECHO La que se verifica por ministerio de la ley y no por testamento.
sucesión testada DERECHO La que se regula por la voluntad del causante.
sucesión universal DERECHO La que hace al heredero continuador de cuantos bienes, derechos y obligaciones tenía el causante al morir.
deferirse la sucesión DERECHO Efectuarse el derecho de transmisión sucesoria.

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sucesión (del lat. «successĭo, -ōnis»)
1 f. Acción de suceder (*sustituir o *heredar): ‘El orden establecido en la sucesión al trono’. ⊚ Circunstancia de estar una cosa después de otra en el tiempo o el espacio: ‘Pasaban en sucesión ininterrumpida’. ⊚ Conjunto de cosas en que una sigue a otra: ‘Una sucesión de acontecimientos [o de números]’. ≃ *Serie. ⊚ Mat. Conjunto ordenado de números o expresiones. Puede tener un número finito de elementos o ser infinita. ⇒ Cadencia, escala, gama, procesión, progresión, racha, ritmo, secuencia, *serie, transcurso. ➢ ... a..., apenas, aún no, no bien, cuando, a lo largo de, ... por..., ... tras..., uno a uno, uno tras otro. ➢ Recorrer. ➢ Interrupción. ➢ *Continuo. *Gradación. *Heredar. *Seguir. *Serie.
2 Hecho de suceder una persona a otra en la posesión de sus bienes. ≃ Herencia.
3 Con respecto a una persona, conjunto de sus *hijos o herederos: ‘Murió sin sucesión’. ⇒ Mañero.
Sucesión forzosa. Der. La que está establecida por la ley y no puede ser variada por el causante. ≃ Herencia forzosa.
S. intestada. Der. La que se regula por lo dispuesto en la ley, a falta de *testamento.
S. testada. Der. La dispuesta por *testamento.
S. universal. Der. La del heredero universal.
Formas de expresión
La sucesión se expresa con la preposición «tras»: ‘Uno tras otro’; la cual, entre un nombre y su repetición, puede sustituirse por «a»: ‘Año a año. Gota a gota’. (En vez de ‘año tras año, gota tras gota’.) También se emplea en el mismo caso, aunque con menos frecuencia, «por»: ‘Día por día nos vamos haciendo viejos. He repasado partida por partida’. También se expresa la sucesión con una oración compuesta, con «cuando» en la primera oración: ‘Cuando tú acabes, empezaré yo’. La sucesión inmediata se expresa con «apenas, no bien, aún no»: ‘Apenas [no bien, aún no] había terminado cuando llamaron a la puerta’. Con el verbo de la primera oración en pretérito indefinido o anterior se puede suprimir «cuando» en la segunda oración: ‘No bien salimos [o hubimos salido] cerraron la puerta’.

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sucesión. (Del lat. successĭo, -ōnis). f. Acción y efecto de suceder. || 2. Entrada o continuación de alguien o algo en lugar de otra persona o cosa. || 3. Prosecución, continuación ordenada de personas, cosas, sucesos, etc. || 4. Entrada como heredero o legatario en la posesión de los bienes de un difunto. || 5. Descendencia o procedencia de un progenitor. || 6. Conjunto de bienes, derechos y obligaciones transmisibles a un heredero o legatario. || 7. prole (ǁ descendencia). || 8. Mat. Conjunto ordenado de términos, que cumplen una ley determinada. || \sucesión convergente. f. Mat. Aquella que tiende a un límite. || \sucesión divergente. f. Mat. Aquella que no tiende a un límite. || \sucesión forzosa. f. Der. La que está ordenada preceptivamente, de modo que el causante no pueda variarla ni estorbarla. || \sucesión intestada. f. Der. La que se verifica por ministerio de la ley y no por testamento. || \sucesión testada. f. Der. La que se defiere y regula por la voluntad del causante, declarada con las solemnidades que exige la ley. || \sucesión universal. f. Der. La que transmite al heredero la totalidad o una parte alícuota de la personalidad civil y del haber íntegro del causante, haciéndole continuador o partícipe de cuantos bienes, derechos y obligaciones tenía este al morir. || deferirse la \sucesión. fr. Der. Dicho de una transmisión sucesoria: Efectuarse de derecho.

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femenino Acción y efecto de suceder.
► Conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona existentes en el momento de su fallecimiento y que son transmisibles a sus sucesores.
► Prole, descendencia directa.
DERECHO En sentido general, la sucesión es un modo de adquirir la propiedad mediante la subrogación de una persona por otra en una relación jurídica transmisible. Pero, en sentido estricto, se aplica únicamente este término a las transmisiones que no producen sus efectos hasta la muerte del causante.
MATEMÁTICAS Función femenino cuyo dominio es el conjunto N de los números naturales y cuyo recorrido es un conjunto cualquiera. La imagen de un elemento nombre de N, se denota por femenino (nombre) = an y se llama término nombre-ésimo de la sucesión; esta se indica por an.

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(as used in expressions)
apostólica, sucesión
austríaca, guerra de sucesión
bávara, guerra de sucesión
española, guerra de sucesión
polaca, guerra de sucesión
sucesión faunística, ley de la
sucesión intestada

Enciclopedia Universal. 2012.