► sustantivo femenino
1 DERECHO Derecho de heredar.
2 DERECHO Conjunto de los bienes, derechos y deberes que una persona al morir puede transmitir a sus herederos:
■ su herencia es muy valiosa.
3 Rasgos morales, ideológicos o científicos que persisten en los continuadores de una persona:
■ este equipo cuenta con la importante herencia del maestro desaparecido.
4 BIOLOGÍA Conjunto de los rasgos fisiológicos o de carácter que se transmiten genéticamente:
■ la genética es la parte de la biología que estudia las leyes de la herencia.
5 SOCIOLOGÍA Conjunto de las circunstancias que influyen en un momento histórico procedente de otro anterior:
■ estas reacciones políticas son herencia del pasado.
* * *
herencia (del lat. «haerentĭa», pertenencias, neutro pl. del part. pres. de «haerēre», estar adherido, con influencia semántica de «heredar»; «Dejar [en], Recibir [en]») f. Bienes o cualquier cosa que se hereda. ⊚ Lo que alguien tiene por haberlo recibido de los antepasados o de sus predecesores en un cargo, situación, etc.: ‘La herencia de Roma’. ⊚ Biol. Transmisión de caracteres de un ser vivo a sus descendientes a través de los genes.
Adir a la herencia. Der. Admitirla.
Repudiar la herencia. Der. No admitirla.
* * *
herencia. (Del lat. haerentia, n. pl. del part. act. de haerēre, estar adherido, infl. en su significado por heredar). f. Derecho de heredar. || 2. Conjunto de bienes, derechos y obligaciones que, al morir alguien, son transmisibles a sus herederos o a sus legatarios. || 3. Rasgo o rasgos morales, científicos, ideológicos, etc., que, habiendo caracterizado a alguien, continúan advirtiéndose en sus descendientes o continuadores. || 4. Rasgos o circunstancias de índole cultural, social, económica, etc., que influyen en un momento histórico procedentes de otros momentos anteriores. || 5. Biol. Conjunto de caracteres que los seres vivos reciben de sus progenitores. || \herencia yacente. f. Der. La que está pendiente de adjudicación a los herederos. || partir la \herencia. fr. Distribuir sus cargas y bienes según lo dispuesto en el testamento o, en su defecto, en la ley. □ V. aceptación de la \herencia, adición de la \herencia, leyes de la \herencia.
* * *
● Herencia es una ciudad de la provincia de Ciudad Real (Castilla-La Mancha, España). ● En genética, la herencia es el conjunto de caracteres fenotípicos y del genoma que transmite un individuo a la descendencia. ● En derecho, la herencia es la práctica de pasar propiedades, títulos y obligaciones luego de la muerte de una persona. ● En la programación orientada a objetos, la herencia es un mecanismo que permite derivar una clase de otra, de manera que extienda su funcionalidad.* * *
► Mun. de la prov. española de Ciudad Real; 7 041 h.
* * *
Transmisión de caracteres físicos y mentales de los progenitores a la descendencia a través de los genes.
A fines del s. XIX, Gregor Mendel, fundado en sus estudios, dedujo ciertos conceptos básicos sobre la herencia, que finalmente constituyeron el fundamento de la ciencia moderna de la genética. Cada miembro de la generación parental transmite a su descendencia sólo la mitad de sus genes, y los descendientes diferentes de los mismos progenitores reciben combinaciones diferentes de genes. Muchas características son poligénicas (i.e., reciben influencias de más de un gen). Hay muchos genes en numerosas variaciones (alelos) en una población. La naturaleza poligénica y de múltiples alelos de muchos caracteres da un vasto potencial de variabilidad entre las características hereditarias. Mientras el genotipo (la dotación hereditaria total de un individuo) determina los límites generales de las características que puede desarrollar un individuo, las características que desarrolla realmente (el fenotipo) dependen de complejas interacciones entre los genes y su ambiente. See also variación.
En este árbol genealógico se muestra la herencia de la hemofilia, un carácter ...
© 2002 Merriam-Webster Inc.
Enciclopedia Universal. 2012.