► sustantivo masculino DERECHO Contrato por el cual un asegurador toma a su cargo, de modo total o parcial, un riesgo ya cubierto por otro asegurador, sin alterar lo tratado entre ambos.
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reaseguro m. Contrato por el cual un asegurador toma a su cargo, total o parcialmente, un *seguro ya hecho por otro asegurador, sin alterar lo tratado por éste.
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reaseguro. m. Contrato por el cual un asegurador toma a su cargo, en totalidad o parcialmente, un riesgo ya cubierto por otro asegurador, sin alterar lo convenido entre este y el asegurado.
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Concepto ● Es la division de riesgos por parte del asegurador. ● Es cuando una empresa toma diversos riesgos y los desplaza a otras empresas tanto nacionales como extranjeras como medida preventiva. ● Con esto el asegurador consigue: ◯ Que los riesgs pasen al reasegurador y eviten perdidas o quiebra por siniestros de grandes proporciones. ◯ Por confianza y solidez a la empresa a fin de captar otros seguros.* * *
► masculino DERECHO Modalidad del seguro que cubre el riesgo que asumen los aseguradores al estipular los contratos de seguro directo con sus clientes. Su finalidad es resarcir el daño patrimonial que experimenta el asegurador directo al producirse el evento que le obliga a indemnizar a su asegurado.
Enciclopedia Universal. 2012.