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derechos de los estados
Derechos o poderes que conservan los gobiernos regionales de una unión federal en el marco de una constitución federal.

En EE.UU., Suiza y Australia, los poderes de los gobiernos regionales son aquellos que quedan luego de que se han enumerado en la constitución los poderes del gobierno central. En Canadá y Alemania, los poderes del gobierno, tanto a nivel estadual o regional como nacional, se encuentran claramente definidos por disposiciones específicas de la constitución. El concepto de derechos de los estados o regionales está estrechamente relacionado con el concepto del s. XVIII europeo de derechos del Estado, que fue invocado para legitimar los poderes que se radicaron en los gobiernos nacionales soberanos. En EE.UU. antes de mediados del s. XIX, algunos estados sureños postularon el derecho a anular leyes federales dentro de sus fronteras, (ver anulación), así como el derecho a separarse de la Unión. La interrogante constitucional se resolvió en contra del Sur por la victoria del Norte en la guerra de Secesión. En la era de los derechos civiles, los opositores a las medidas federales dirigidas a imponer la integración racial en las escuelas públicas invocaron los derechos de los estados. El gobierno federal puede influir en las políticas de los estados incluso en áreas que desde el punto vista constitucional son de competencia de estos últimos (p. ej., la educación o la construcción de caminos locales) mediante el expediente de rehusarse a entregar fondos a los estados que no cumplan sus deseos. En la última parte del s. XX, el término se vino a aplicar más ampliamente a una serie de intentos por reducir los poderes de los gobiernos nacionales.

Enciclopedia Universal. 2012.